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Consejo Escolar


Artículo 21 del R. D. 83/96 de 26 de enero de 1996)

    El consejo escolar tendrá las siguientes competencias:

a)
Establecer las directrices para la elaboración del proyecto educativo,
aprobarlo y evaluarlo, sin perjuicio de las competencias que el
claustro de profesores tiene atribuidas en relación con la
planificación y organización docente. Asimismo, establecer los
procedimientos para su revisión cuando su evaluación lo aconseje.


b) Elegir al director del instituto.

c) Proponer la revocación del nombramiento del director, en los términos establecido en el artículo 19.3.c).

d) Decidir sobre la admisión de alumnos, con sujeción a lo establecido en la normativa vigente.

e) Aprobar el reglamento de régimen interior.

f)
Resolver los conflictos e imponer las correcciones, con finalidad
pedagógica, que correspondan a aquellas conductas del alumnado que
perjudiquen gravemente la convivencia en el centro, de acuerdo con las
normas que regulan los derechos y deberes de los alumnos.

g) Aprobar el proyecto de presupuesto del instituto y la ejecución del mismo.

h) Promover la renovación de las instalaciones y equipamiento del instituto, y vigilar su conservación.

i)
Aprobar y evaluar la programación general del instituto, respetando,en
todo caso, los aspectos docentes que competen al claustro.

j) Aprobar y evaluar la programación general de las actividades escolares complementarias.

k)
Fijar las directrices para la colaboración del instituto, con fines
culturales, educativos y asistenciales, con otros centros, entidades y
organismos.

l) Analizar y evaluar el funcionamiento general del
instituto, especialmente la eficacia en la gestión de los recursos, así
como la aplicación de las normas de convivencia y elaborar un informe
que se incluirá en la memoria anual.

m) Analizar y evaluar la evolución del rendimiento escolar general del instituto.

n)
Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del instituto
realice la Administración educativa o cualquier informe referente a la
marcha del mismo.

ñ) Informar la memoria anual sobre las actividades y situación general del instituto.

o) Conocer las relaciones del instituto con las instituciones de su entorno y con los centros de trabajo.

Composición:

  • Director
  • Secretario
  • Jefe de Estudios
  • Tres representantes de los Profesores
  • Tres representantes de los Padres de Alumnos
  • Cuatro representantes de los Alumnos
  • Un representante del Personal de Administrción y Servicios
  • Un representante del Ayuntamiento 

Representantes del profesorado





 


 


 


 


 

Representantes de padres y madres

 


 


 

Representantes del alumnado

 


 


 


 

Representante de Administración y Servicios

 

Representante Municipal