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Becas de libros para alumnos de la ESO

Se le informa sobre la Orden de 21 de mayo de 2018, por la que se regula el  libramiento de fondos para la dotación de libros de texto a centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan enseñanzas de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Educación Especial, para el curso 2018/2019, publicada en el D.O.E. de 1 de junio de 2018.

Los solicitantes rellenarán el Anexo I y el Anexo II en cualquier caso. Estos anexos se encuentran a su disposición en la conserjería del centro, en la página web del centro y se les ha enviado a través de la plataforma Rayuela.

En el caso de que algún miembro de la unidad familiar no quiera autorizar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (A.E.A.T.) para que suministre a la Consejería de Educación y empleo los niveles de renta de la unidad familiar lo hará constar en el Anexo II, debiendo en este caso aportar una certificación expedida por la A.E.A.T.

Cuando la A.E.A.T. no disponga de la información de carácter tributario necesaria para la acreditación de la renta, el solicitante deberá aportar certificación de haberes, declaración jurada o demás documentos que justifiquen la renta de la unidad familiar.

Además de los Anexos I y II si en la solicitud se alega la condición de familia numerosa, se deberá aportar una copia del correspondiente título de la familia numerosa en vigor.

La cuantía máxima establecida por alumno becario será de 150 euros.

Para la determinación del alumnado usuario de libros de texto, el Consejo utilizará los siguientes criterios:

  • Pertenecer a Familia Numerosa, legalmente reconocida.
  • Pertenecer a familias cuya renta familiar no supere los umbrales de rentas computables máximos que se especifican a continuación. Para ello, se tendrá en cuenta la renta familiar correspondiente al año 2016:
    • Familias de 1 miembro:    8.603 euros.
    • Familias de 2 miembros:  14.013 euros.
    • Familias de 3 miembros:  18.403 euros.
    • Familias de 4 miembros:  21.828 euros.
    • Familias de 5 miembros:  24.772 euros.
    • Familias de 6 miembros:  27.614 euros.
    • Familias de 7 miembros:  30.298 euros.
    • Familias de 8 miembros:  32.970 euros.
    • A partir del octavo miembro, se añadirán 2.647 euros por cada nuevo miembro computable.

Una vez que se hayan cubierto todas las necesidades del alumnado becario y existan libros sobrantes podrán distribuirse entre el resto de alumnado que haya presentado la solicitud.

Se recomienda presentar la solicitud, debidamente cumplimentada, aunque no se cumplan los requisitos de renta porque seguramente podamos prestar libros a todos los solicitantes.

Existe obligatoriedad de devolución del préstamo, ya que los libros de texto, adquiridos con los fondos recibidos, son propiedad de los centros educativos. El alumnado dispondrá de ellos en concepto de préstamo y los devolverá al centro, en buen estado, en caso de traslado o al finalizar el curso escolar.

Se ruega:

  • Leer con atención las instrucciones recogidas en este documento.
  • Rellenar los datos de los anexos con la mayor claridad posible.
  • No esperar al último día del plazo para presentar la solicitud.
  • En caso de duda, consultar con la Secretaría del Instituto.

 

EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES TERMINA 15 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE AL DE LA PUBLICACIÓN, QUE HA SIDO EL DÍA 1 DE JUNIO DE 2018