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Ayudas al estudio: Solicitud de préstamos de libros de texto

Se le informa sobre la Orden de 7 de junio de 2021, por la que se regula el  libramiento de fondos para la dotación de libros de texto y de material escolar y didáctico a los centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan enseñanzas de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Educación Especial, para el curso 2021/2022, publicada en el D.O.E. de 11 de junio de 2021.

Los solicitantes rellenarán el Anexo I y el Anexo II. Estos anexos se encuentran a su disposición en la conserjería del centro y se les ha enviado a través de la plataforma Rayuela.

El Anexo II será obligatorio rellenarlo cuando quiera que se recaben de oficio los datos relativos al nivel de renta, rellenando el impreso y marcando las casillas correspondientes.

Cuando la A.E.A.T. no disponga de la información de carácter tributario necesaria para la acreditación de la renta, o se haya el solicitante deberá aportar certificación de haberes, declaración jurada o demás documentos que justifiquen la renta de la unidad familiar.

Los datos relativos a la condición de familia numerosa se recabarán de oficio, salvo que se opongan expresamente marcando la casilla que al efecto figura en el anexo I, en cuyo caso deberán aportar la documentación correspondiente.

Para el libramiento de estos fondos para todos los centros educativos de la Comunidad se destinará la cantidad total de seis millones cincuenta mil trescientos ochenta y ocho euros. La cuantía máxima establecida por alumno becario será de 150 euros.

Para la determinación del alumnado usuario de libros de texto, el Consejo utilizará los siguientes criterios:

  • Pertenecer a Familia Numerosa, legalmente reconocida.
  • Pertenecer a familias cuya renta familiar no supere los umbrales de rentas computables máximos que se especifican a continuación. Para ello, se tendrá en cuenta la renta familiar correspondiente al año 2019:
    • Familias de 1 miembro:    8.603 euros.
    • Familias de 2 miembros:  14.013 euros.
    • Familias de 3 miembros:  18.403 euros.
    • Familias de 4 miembros:  21.828 euros.
    • Familias de 5 miembros:  24.772 euros.
    • Familias de 6 miembros:  27.614 euros.
    • Familias de 7 miembros:  30.298 euros.
    • Familias de 8 miembros:  32.970 euros.
    • A partir del octavo miembro, se añadirán 2.647 euros por cada nuevo miembro computable.

Una vez que se hayan cubierto todas las necesidades del alumnado becario y existan libros sobrantes podrán distribuirse entre el resto de alumnado que haya presentado la solicitud.

Se recomienda presentar la solicitud, debidamente cumplimentada, aunque no se cumplan los requisitos de renta.

Existe obligatoriedad de devolución del préstamo, ya que los libros de texto, adquiridos con los fondos recibidos, son propiedad de los centros educativos. El alumnado dispondrá de ellos en concepto de préstamo y los devolverá al centro, en buen estado, en caso de traslado o al finalizar el curso escolar.

Se ruega:

  • Leer con atención estas instrucciones.
  • Rellenar los datos de los anexos con la mayor claridad posible.
  • No esperar al último día del plazo para presentar la solicitud.
  • En caso de duda, consultar con la Secretaría del Instituto.

 

EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES TERMINA 15 DÍAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE AL DE LA PUBLICACIÓN EN EL DOE (11 de JUNIO), POR LO QUE FINALIZA EL 2 DE JULIO DE 2021